Recientemente se ha celebrado en el ámbito internacional, del Día Internacional de la Mujer. Por supuesto, las marchas, protestas y cascadas de tinta no se han dejado esperar; inclusive las remembranzas de mujeres que, históricamente se distinguieron en algunos aspectos de sus vidas y en el gran abanico del saber humano, fueron recordadas.

México no fue la excepción. No viene al caso reiterar cifras, argumentos, elogios, quejas, latrocinios, homenajes y aquí agregue usted todos los etcéteras que quiera, de todo lo que se hizo, habló y escribió sobre el día de la mujer.

La LFT de 1970 amplió (Titulo Quinto) los derechos y obligaciones de las mujeres, haciendo énfasis en aquellas que estuvieran embarazadas; prohibiéndoles laborar también en trabajos peligrosos e insalubres, y es aquí en donde los diversos movimientos feministas en México, lograron derogar los artículos 168 y 169 que prohibía el trabajo en tiempo extraordinario de las mujeres embarazadas; argumentando la igualdad de género.

La actual LFT contempla un Capítulo especial denominado El Trabajo de las Mujeres (arts.  164 al 172) en los cuales nuevamente protege a la mujer embarazada y ahora también contra el hostigamiento y acoso sexual. No obstante las bondades de todas estas legislaciones, desgraciadamente la Ley del Seguro Social discrimina a las trabajadoras domésticas pues en su artículo 12 las excluye del Régimen Obligatorio del Seguro Social, aun cuando en el artículo 13 fracción II contempla la posibilidad de que tengan acceso a la Seguridad Social, a través del Seguro Voluntario.

Cabe recordar que en la industria automotriz, principalmente aquellas que fabrican insumos eléctricos, llamados “arneses” requieren de un trabajo fino, delicado y por ende femenino, lo que acarrea que en dicha industria, trabaje un gran número de féminas. Lo mismo sucede en la industria textil, la repostería, los servicios culinarios en los llamados “call center” y sobre todo un apoyo invaluable en las labores de hogar, como ya lo apuntamos.

No obstante la LFT y la Ley del Seguro Social, desgraciadamente no contemplan la protección del producto del embarazo; es decir del feto, ya que ambas legislaciones sólo brindan resguardo a la mujer embarazada y no al producto. He aquí una urgente y delicada tarea para México.

No olvidemos que según el INEGI, un gran porcentaje de hogares en México es sostenido por mujeres; es decir, ellas no sólo son un fuerte sostén de nuestra economía, sino que algunas realizan a la vez el papel de padre y madre.

Bien decía Simone de Beauvoir: “El día que sea posible que la mujer ame no con su debilidad sino con su fuerza, no para escapar de sí misma sino para reafirmarse, en aquel día el amor llegará a ser para ella como para el hombre una fuente de vida y no de peligro mortal”.

Desde luego amigo lector, usted tiene una mejor opinión.

Google News