La igualdad es un valor imprescindible para la impartición de justicia y la prevalencia de un Estado de Derecho. En sociedades diversas y desiguales, debemos tener presente que garantizar el derecho humano a la igualdad es una condición fundamental para tener democracias con paz y cohesión social. ¿Cuál es el papel de este valor para la justicia?

En primer lugar, debemos tener en cuenta que la igualdad de derechos es una conquista social que la justicia está llamada a proteger. En una realidad histórica plagada de diferencias materiales, sociales, culturales y étnicas, la vigencia de la igualdad no está resuelta de manera indefinida, ni siquiera en sociedades con democracias consolidadas; son diversos problemas y tensiones los que la rodean.

Refiriéndose a la importancia de la igualdad, algunos estudiosos se han referido a la existencia de una tensión continua entre dos ámbitos de la vida pública que aparentemente percibiríamos compatibles: la democracia y el constitucionalismo. Por una parte, la democracia alude al poder del pueblo y, por lo tanto, a la satisfacción de las preferencias decididas por la mayoría de los ciudadanos. En contraparte, el constitucionalismo implica el establecimiento de una serie de reglas, controles y límites al ejercicio del poder que impiden que ciertas acciones se lleven a cabo, incluso en contra de la voluntad mayoritaria.

Las tensiones entre el gobierno de las mayorías frente al establecimiento de reglas constitucionales han aparecido de manera reiterada en la historia. Aunque no es sencilla, la solución a estas tensiones puede encontrarse en el principio de igualdad: como señala Gargarella, si consideramos que absolutamente todas las personas son iguales en dignidad y tienen derecho a las mismas oportunidades, se deben salvaguardar las decisiones de la mayoría, pero protegiendo los derechos de las minorías. Consecuentemente, esta noción de igualdad nos obliga a generar, en la medida de lo posible, condiciones equitativas que permitan a las personas acceder a los mismos derechos y oportunidades.

La SCJN se ha pronunciado en este sentido al señalar que el derecho humano a la igualdad no solo implica una dimensión formal sino una de hecho. Para garantizar una igualdad sustantiva no basta con señalar que las personas son iguales ante la ley. Además de eso, es necesaria la intervención de la justicia para disminuir barreras sociales, políticas, económicas o culturales que impidan a personas o grupos sociales el goce efectivo de sus derechos.

No podemos olvidar que diversos grupos sociales han sido discriminados, incluso en épocas recientes y en países democráticos. La comunidad afroamericana conquistó sus derechos civiles en Estados Unidos hasta 1964; la mujer española no podía trabajar sin el consentimiento de su marido en pleno siglo XX, de acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo de 1944; las lenguas y derechos de los pueblos indígenas han sido reconocidos solo hasta épocas recientes y el matrimonio entre personas del mismo sexo todavía no es reconocido legalmente en todo el mundo.

Esto demuestra que la justicia debe ser imparcial, pero no propiamente “ciega”. Garantizando los derechos de todos, la justicia debe ser capaz de advertir las condiciones desiguales prevalecientes e intervenir de manera razonable, lo mismo con personas que con grupos vulnerables. La experiencia histórica demuestra que cuando las prácticas discriminatorias son normalizadas, la neutralidad o pasividad de la justicia solo sirve para reforzar la violación a los derechos.

Ninguna práctica del pasado puede justificar una condición actual de inequidad. Una democracia constitucional no solo debe proteger los derechos que garanticen la libertad individual. La justicia también debe velar por la inclusión social y la protección de las personas en cualquier condición de vulnerabilidad.

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