Si tomo en cuenta el dicho popular “la vida premia los esfuerzos y no los intentos”, resulta que soy un triunfador. He tratado de escribir varios libros sobre el Derecho del Trabajo y cuando los viajes lo impiden (ahora por zoom), la preparación de cátedras o conferencias (ídem); las labores propias de mi despacho de abogados y los cambios súbitos y veloces a la Ley Federal del Trabajo, en verdad que, no lo he logrado. Cierto historiador señaló: “es importante recordar que lo que ahora es pasado fue una vez futuro” y en la materia que nos ocupa, hoy resulta una extraordinaria verdad. Este 2020, contamos con una LFT que aparenta tener 1010 artículos; empero, por esa nefasta costumbre de nuestros legisladores, el número ha aumentado en forma espeluznante, pues a varios artículos, se le han agregado con la facilidad digna de una “bailaora de flamenco”, incisos que transcurren todo nuestro abecedario; es decir, contamos con un bodrio monumental y si a ello agregamos las ediciones “comentadas y con jurisprudencias” a dicha legislación, resulta, al menos para el suscrito, difícil localizar la norma que deseas. Estamos a menos de un año de que surjan los Tribunales Laborales, dependiente de los poderes judiciales e ir tenuemente desapareciendo las juntas de conciliación y arbitraje; empero en lo relativo a la actualidad legislativa de nuestra materia, aún estamos en pañales. Ejemplos: En España y Argentina, la legislación sobre el teletrabajo o el llamado home-office, van bastante adelantadas y en México, aun cuando estamos atrasados en el tema (no olvido “el trabajo a domicilio”), estoy cierto de que tarde, pero estaremos en el tren de la modernidad, cargando nuestro equipaje, con Historia.

Actualizar nuestra LFT, se antoja monumental; empero, los resultados de no hacerlo, cuentan con mayores inconvenientes y corresponde a los jóvenes, mujeres y hombres, hacerlo. Ejemplo: El artículo 20 de la LFT, se contradice con lo dispuesto por los arts. 15-A y siguientes, además con las llamadas outsourcing. Llegará el día en que, trabajadores y sindicatos, puedan presentar sus demandas, a través del internet; las audiencias, no todas, se llevarán por esta vía y uno ya no tendrá que contratar una minifaldera pasante, para que te acompañe a las audiencias presenciales, cargando la Ley como una enciclopedia más grande que, la… “Británica”; la enciclopedia, no la pasante.

(Continuará)

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