El proceso electoral iniciará en octubre de este año, en Querétaro habremos de elegir al titular del Poder Ejecutivo, la Legislatura integrada por 25 diputados y 18 ayuntamientos. Al respecto, es necesario considerar algunos temas para que la elección se lleve a cabo de forma correcta, es decir, que ésta se desarrolle en un clima institucional, ordenado y en paz.

Así, José Woldenberg estima que las elecciones generan gobierno, representación y legitimidad, por lo que el proceso electoral debe analizarse en clave jurídica y política, esto es, no debe perderse de vista su concurrencia con el proceso federal y la elección de nueve gobernadores, de ahí que el capital político que se juega no es pequeño.

En otros términos, será la elección que le dará al Presidente de la República la ruta a seguir en la segunda mitad de su sexenio, al conformarse la nueva Legislatura federal, y ésta como se ha evidenciado en los últimos periodos presidenciales ha recobrado su papel en la historia política de México, al aprobar o rechazar los actos in genere del Ejecutivo.

En este tenor, puntualicemos lo siguiente. Es la primera elección que organiza el INE en el ámbito Federal y el IEEQ en el contexto local; así como su sanción en sentido amplio por la Sala Especializada y el propio Tribunal Electoral en su caso; la elección en general pasará por la prueba del ácido: nuevas leyes en contextos explorados y estratégicamente estudiados por partidos y candidatos. Para teóricos y prácticos el tema es claro: la interrogante a resolver es si la reciente reforma será suficiente para consolidar la democracia en México.

En este orden de ideas, debe estimarse que la integración de los órganos locales será fundamental en el desarrollo del proceso comicial, dado que son la primera puerta de entrada y validación de una elección, y nada mejor que actúen en Derecho, generando consenso y respetando la razonabilidad, lo anterior es una garantía que blinda al proceso.

La reforma electoral 2015 hasta hoy día poco difundida, salvo los trabajos del Tribunal Electoral Federal, en cuya página del Centro de Capacitación tenemos insumos muy valiosos.

Es preciso comentarlo, existen cambios trascendentes en todos los rubros: candidatos independientes, fórmulas de financiamiento público, forma de postular coaliciones, candidaturas comunes, reglas de los procedimientos sancionatorios, reconfiguración de autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales con diversas facultades, causales de nulidad de la elección y la introducción de nuevos tipos penales.

En este sentido, debemos estar muy pendientes del ejercicio de la libertad de expresión, ya que poco aportan a la democracia, los escándalos sobre la vida privada de los actores políticos. La discusión debe ser en el terreno de las ideas, en la propuesta y la explicación de políticas públicas funcionales. Es lo mejor para todos. El Tribunal Electoral al juzgar temas sobre libertad de expresión se decanta por aplicar el canon de proporcionalidad, a saber, qué tanto coadyuva la información difundida para la construcción o consolidación democrática. En mi opinión: poco; nada nuevo hay bajo el sol, por el contrario, puede generar efectos adversos en el sistema de partidos que podemos lamentar. Los ciudadanos merecen otro tipo de debates.

También no debemos pasar por inadvertido que aunque la ley cambió, los principios constitucionales y convencionales están vigentes: la equidad en la contienda electoral, la laicidad, la supremacía constitucional, legalidad, libertad de expresión, debido proceso, presunción de inocencia, acceso a cargos públicos, no discriminación, honor, representación, minorías, imparcialidad y objetividad. Por tanto, no basta con estudiar la ley, porque como se menciona, el operador jurídico debe aplicarla en función del principio que desarrolla.

Finalmente, la tarea fundamental para las nuevas autoridades electorales y los órganos partidistas está en la interpretación de la norma. No puede aplicarse de manera aislada, se necesitan tener en cuenta la reforma constitucional de junio de 2011 sobre Derechos Humanos, la ratio legis de la actual configuración legal, así como la jurisprudencia emitida por el Tribunal y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, máxime que se tienen que salvaguardar temas de gran calado de la reforma: La paridad de género, la equidad y los derechos políticos de la población indígena que suele ser discriminada, entre otros.

Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana y especialista en justicia constitucional

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