Hasta hoy le dan a Andrés Manuel López Obrador la constancia que lo acredita como presidente electo. El retraso se debe a que uno de sus aliados, el PES, impugnó los resultados electorales. Seguramente México es la excepción: un partido de la coalición ganadora impugna los resultados. Esto ocurre porque en México impugnar una elección es redituable para el partido que señala ¡trampa! Y, en una de esas, hasta logra salvar el registro.

Sabemos que para conservar el registro como partido político es necesario ganar cuando menos 3 por ciento de los votos en alguna de las elecciones federales. Es decir, en la presidencial, la de senadores o la de diputados. Como el Partido Encuentro Social (PES) y el Partido Nueva Alianza (Panal) se quedaron por debajo de ese umbral, deben perder su registro.

El PES, el partido de Hugo Eric Flores, obtuvo 2.94 por ciento en la presidencial; 2.48 por ciento en la de senadores y 2.53 por ciento en la de diputados.

No hay 3 por ciento; no hay registro. Sencillo.

Pero como perder el registro es perder el dinero, ningún partido se da por vencido fácilmente. Ya vimos el caso del PT que impugnó un distrito en Aguascalientes tras las elecciones de 2015, en las que tampoco logró el 3 por ciento de la votación federal, y por alguna extraña razón que apuntó a que el PRI pensaba que el partido iría con ellos en la coalición presidencial de 2018, logró salvar el registro. El PT no fue con el PRI, pero eso ya es otra historia.

Lo importante es que ahora el PES decidió impugnar la elección pese a haber sido parte de la coalición ganadora, Juntos Haremos Historia. Su impugnación cabría en lo que en la ley se conoce como frivolidad. Es decir, presentaron una impugnación tardía y sin sustento legal.

Argumentando que no obtuvieron las actas certificadas de casillas en las que no lograron ningún voto, se presentaron tarde y con malos argumentos a pedir que se invalidaran los votos suficientes como para mantener el registro.

Tarde porque la culminación de los cómputos se dio entre el 4 y el 6 de julio, por lo cual el plazo para la impugnación transcurrió, en el mejor de los escenarios, del 7 al 10 de julio. No obstante, el PES promovió los juicios entre el 26 de julio y el 2 de agosto, es decir, entre 16 y 23 días fuera de lo legalmente previsto, por lo que la presentación de las demandas resultó extemporánea.

Aun así, el PES pidió el recuento de las casillas en las que obtuvo cero votos. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación descartó 277 de las impugnaciones y analizó 3 juicios que fueron descartados por improcedentes. El que presenta un caso así debería ser acreedor a sanciones o cuando menos a una amonestación. Pero en México la ley electoral permite que cualquier partido presente una inconformidad, pida el voto por voto; casilla por casilla, sin que esto implique costo alguno para ellos. Y, por eso, tenemos un sistema electoral que debe desahogar, con costo para los contribuyentes, el recuento. Aun si lo pide tarde y sin sustento legal.

Otros países, como por ejemplo Estados Unidos, obligan a que quien busque un recuento o impugnar una elección, asuma el costo económico de dicha petición.

En EU solo 43 estados permiten los recuentos, y quien lo hace debe pagarlo vía una fianza que es devuelta en caso de que la impugnación lleve a darle la razón al candidato que se vio afectado por un mal resultado. De lo contrario, el partido o la persona que impugnó, pierde la fianza. Es decir, paga por haber hecho perder tiempo, dinero y esfuerzo a las autoridades electorales por resolver un caso que no sustentó el argumento del perdedor.

Con ello se elimina este incentivo a señalar trampa en cada elección para quienes no quedaron contentos con los resultados.

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