Decíamos que la idea de un sistema federal ha estado presente a lo largo de la historia de México, y que ha sido tema central el que prevalezca el federalismo.

El artículo 124 constitucional dispone que “las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados o a la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias. “

Jorge Carpizo en su “Comentario al artículo 124 Constitucional”, señala que la Constitución establece una serie de principios que definen facultades mucho más complejas, pues existen las atribuidas a la Federación contempladas en otros artículos Constitucionales. Entonces pues, la reserva residual a favor de las entidades federativas es notable, hay facultades expresas, pero de la misma manera, existen las implícitas, concurrentes.

Es claro que la Federación no puede hacer más que lo que la constitución no manifieste expresamente, se entiende que las entidades federativas pueden hacer todo lo demás, sin embargo, ésta interpretación no debe tomarse como que los estados tuvieren un alcance absoluto o ilimitado.

En el debate constitucional se discute si hay normas constitucionales de diversa jerarquía. Muchos autores admiten que existen normas con más trascendencia que otras, y que definen todo el ser constitucional. Son normas importantes, por la materia que regulan, el artículo 124 no puede interpretarse, como lo mencionamos, sin hacer referencia a otras normas como las contenidas en los artículos 40, 41, 73, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121 y 122, entre otras.

Carpizo señala ocho reglas o principios para determinar o resolver los problemas de competencia. Estas reglas son: 1. Facultades atribuidas a la federación, 2. Facultades atribuidas a las entidades federativas; 3. Facultades prohibidas a la federación; 4. Facultades prohibidas a las entidades federativas; 5. Facultades coincidentes; 6. Facultades coexistentes; 7. Facultades de auxilio, y 8. Facultades que emanan de la jurisprudencia, ya sea reformando o adicionando esta clasificación

En los niveles de gobierno deben ser observados estos principios para mantener una federación en donde sus partes estén en armonía y balance.

En la actualidad nuestro país requiere de un federalismo cooperativo, basado en los consensos y acuerdos entre las partes componentes de la federación. Ello exige de muchos acuerdos, de participación, de transparencia y voluntad entre los tres niveles de gobierno.

En la realidad política nos encontramos con la noticia de que los coordinadores estatales que representarán al gobierno de Andrés Manuel López Obrador ahora se llamarán “delegados de programas integrales de desarrollo”.

Se dieron los nombres de los probables delegados estatales y entre ellos destacan personajes que ya contendieron por la gubernatura estatal y perdieron la elección; o bien, que tienen cargos directivos en la actualidad en Morena y que podrían en un futuro buscar una postulación política.

Por otro lado, el Movimiento Nacional por la Esperanza, que encabeza René Bejarano, operará “una estructura paralela de vicecoordinadores estatales, que se convertirán en una especia de “Contraloría Social” para atender las 300 zonas en las que se dividirá el país y por donde bajará el dinero de los programas del gobierno.

¿En dónde quedó su “honestidad valiente”? La honestidad no solo es la transparencia en el ejercicio del presupuesto, la honestidad y honradez implica la finalidad de la acción; es obvio que aquí no la encontramos.

El federalismo implica que la política es pluralidad, las entidades federativas deben desarrollarse a partir de los principios de equilibrio y armonía. El federalismo tiene sustento en la tolerancia no en la imposición. Es hacer compatibles las distintas diversidades entre sí y que los estados miembros de la federación participen de las decisiones y de los beneficios. El equilibrio federalista tiene que ver con la reciprocidad, el compromiso y la cooperación.

Continuará….

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