Inició la discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de las cinco acciones acumuladas de inconstitucionalidad que fueran presentadas en contra de la Ley de Seguridad Interior, por senadores y diputados federales de la pasada Legislatura Federal y otros. El expediente principal fue radicado con el número 6/2018. Podemos adelantar que la Ley será declarada constitucional, aunque varios de sus preceptos no correrán la misma suerte. La ejecutoria deberá emitirse antes de que termine el sexenio del Presidente de la República, Enrique Peña Nieto. Si bien será de suma importancia la definición de la suerte que correrá la Ley que ha sido injustamente cuestionada sobre su constitucionalidad (la mayoría de las veces por legos en la materia); lo más trascendente será que el nuevo gobierno que encabezará Andrés Manuel López Obrador, por fin tendrá la certeza jurídica de poder emplear a las fuerzas armadas en acciones de seguridad pública, bajo condiciones de excepción; y los mismos miembros de las fuerzas armadas, por fin, después de 12 largos años de trabajar bajo el constante riesgo de ser acusados injustamente podrán actuar con certeza jurídica en auxilio de las fuerzas civiles.

La férrea oposición de grupos políticos a la Ley de Seguridad Interior, que no aceptaban la participación del personal militar en labores de coadyuvancia en materia de seguridad pública, ahora tendrán el instrumento jurídico que les facilitará la labor de la cual antes se quejaron amargamente. El presidente Peña Nieto, con un espíritu conciliador, decidió no aplicar la Ley, hasta en tanto no resolviera la Corte sobre su constitucionalidad; no le corresponderá ponerla en práctica. Sin embargo, dejará un excelente legado a López Obrador, para que pueda aplicarla. La mayoría del articulado de la Ley será declarado constitucional; por ello, la Ley no será considerada inconstitucional como algunos estridentes exigían, suponían y afirmaban sin mayor razón que su necia insistencia a que salieran las fuerzas armadas de las calles, argumentaban violación de derechos humanos, justificación por demás falsa. Andrés Manuel López Obrador estará tranquilo una vez que entre en funciones. La decisión que adoptó, una vez que platicó con los comandantes de las fuerzas armadas, fue en el sentido de continuar dando apoyo a los estados y municipios que vean amenazada la seguridad; la autorización que emita el Presidente de la República, ahora sí, quedará bajo un estricto procedimiento petitorio y de autorización, por cierto que no podrá rebasar la autorización más allá de un año; pero, el periodo podrá prolongarse. En lo sucesivo los militares podrán ser debidamente capacitados para realizar actividades de seguridad y coadyuvancia en la persecución de los delincuentes, hacer frente a la delincuencia organizada con mayor eficiencia y eficacia. No es la misma preparación que requiere un militar a la que se imparte a los miembros de seguridad pública, ello hará más eficientes las labores de contención y eliminación de la ola delincuencial, al sacarlos de las calles.

Los inconformes reclamaron la inconstitucionalidad de 34 artículos; 27 de ellos serán declarados constitucionales. Las acciones interpuestas fueron parcialmente declaradas inconstitucionales. Habrá pues invalidez de algunos de los preceptos, pero la Ley de Seguridad Interior, subsistirá y podrá ser aplicada. Allanan el camino después de tantos años, para que el nuevo gobierno tenga mayores instrumentos legales para combatir la grave inseguridad que vive el país; mejor capacitados los elementos militares en apoyo de todos aquellos gobiernos estatales o municipales que así lo soliciten, previa justificación fundada y motivada.

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