El diferendo entre el presidente de la República y la Suprema Corte es lo más cerca que el país ha estado de una crisis constitucional. Los conflictos entre poderes son algo normal y no suponen una tragedia política. Lo que pasa es que en México no ha existido una verdadera división de poderes, sino una versión meramente teórica. La Suprema Corte mexicana siguió el modelo que impuso la Constitución de EU, como otras instituciones que imitamos de aquel país: la propia división de poderes, el federalismo, la distribución de competencias entre los estados y el gobierno federal, el debido proceso, las libertades y derechos humanos, entre otras.

La diferencia de nuestra Suprema Corte con la del vecino país, es que allá se consolidó como poder debido a los conflictos que la forjaron. En México, la Corte no había tenido un verdadero conflicto con los otros poderes, y menos aún con el Ejecutivo. Hasta que el presidente López Obrador declaró que los ministros: “se olvidan de Juárez, deberían quitar el retrato del presidente Juárez de la Suprema Corte”. Más allá de la aspiración monopólica del presidente López Obrador sobre la imagen del Benemérito, nunca ha existido en los años de vida que tiene la Constitución de 1917 un real conflicto entre poderes.

En Estados Unidos, un presidente populista y demagogo (Jefferson) envió a sus aliados en el Congreso a vulnerar la independencia judicial: limitar el periodo de la gestión judicial; evitar que los jueces atendieran ciertos asuntos; autorizar al Congreso para remover a los jueces; autorizar al Senado para corregir las decisiones judiciales y aumentar el número de jueces asociados (ministros) de la Suprema Corte.

Jefferson y el Congreso declararon la guerra a la Suprema Corte: eliminaron tribunales y cancelaron las sesiones. Como respuesta, sin el poder de la bolsa ni el de las armas, el Chief Justice John Marshall combatió a los presidentes Jefferson y Jackson, considerados históricamente populistas y demagogos. Marshall con argumentos de la razón constitucional, resultó vencedor al persuadir a sus colegas, los jueces de la Corte, que dejaran a un lado sus diferencias y se sumaran en una sola voz. Marshall, el creador del principio jurídico de que la Suprema Corte tiene la facultad de determinar si los actos del Congreso (leyes) se apegan o no a la Constitución, le otorgó al Poder Judicial el poder de invalidar leyes inconstitucionales sin que ninguna otra autoridad pudiera evitarlo.

Al iniciar el año, los ministros de la Suprema Corte designarán a su nuevo presidente. ¿Podrá el nuevo presidente de la Corte defender la Constitución ante los embates de los otros poderes? Todo dependerá de su habilidad para convencer a sus pares de no sucumbir ante el poder político.

El riesgo de sucumbir ante la política lleva a recordar que los españoles son vanguardia en temas judiciales. La Constitución de ese país establece la prohibición de los jueces de pertenecer a partidos políticos y sindicatos. La terna del presidente al Senado para cubrir la vacante que dejó el excelente ministro José Ramón Cossío, está integrada, además del mejor formado Juan Luis González Alcántara, por dos personas con una clara militancia partidista que por tal razón no deberían ser electas a la Corte. La Corte debe quedar libre de presiones políticas. Por eso el pretendido juicio político al ministro Pérez Dayán es un desplante autoritario que no abona a la salud republicana.

La elección del próximo ministro y la terna para la nueva vacante que dejará Margarita Luna Ramos en febrero, servirán para conocer cuál será el futuro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Está en juego la parte nuclear del sistema constitucional mexicano. La 4T no debería alterarlo.

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