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Los clientes afectados por las cláusulas “abusivas” del servicio de televisión satelital Sky tienen el derecho de pedir una indemnización de la compañía, por ejemplo en el cobro indebido que se realizó por la renta del decodificador o por las penalizaciones al cambiar su forma de pago de tarjeta de crédito a efectivo.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el máximo órgano judicial del país, declaró que ciertas cláusulas del contrato para adquirir los servicios de Sky resultaban “abusivas” para el consumidor, en un juicio interpuesto por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Esta sentencia, dada a conocer el miércoles pasado, permitirá que los clientes del sistema de televisión satelital reclamen a la compañía la indemnización por cobros indebidos, según aseguró el subrocurador jurídico de la Profeco, Rafael Ochoa.

“Todos los consumidores, en este momento, tienen el derecho a que les devuelva Sky todo lo que pagaron con base en estas cláusulas”, explicó el funcionario.

La dependencia interpuso en 2012 una acción colectiva con más de 2 mil denuncias que se dieron entre 2009 y 2011 en contra de la firma que controla Grupo Televisa, al argumentar que ciertas cláusulas de su contrato vulneraban los derechos de los consumidores.

Entre las cláusulas que declaró nulas el máximo tribunal está la que penalizaba al cliente que decidía cambiar su forma de pago de cargo directo a la tarjeta de crédito a efectivo.

También quedó inhabilitada la disposición que obligaba a los usuarios a pagar el arrendamiento (renta) del decodificador, toda vez que anteriormente este aparato se otorgaba en comodato (préstamo).

“El efecto posterior, que deja a salvo los derechos de los consumidores, es para que si se sienten afectados (puedan) hacer el reclamo directo con el proveedor. Si este no responde, pues agotar las instancias. Tienen la instancia de la Procuraduría, que los puede representar en una acción colectiva, cuyos efectos son precisamente resarcir los daños y perjuicios causados por este tipo de cláusulas”, aseguró Ochoa.

Sin notificación. “Las cláusulas sobre el juicio hace meses que fueron modificadas y registradas ante Profeco, pues la relación de Sky con sus clientes es prioritaria”, dijeron voceros de Televisa. La empresa añadió que aún no ha sido notificada del fallo de la Corte.

Sky tiene más de 6.3 millones de suscriptores activos en el país, según datos de Grupo Televisa en su reporte financiero al segundo trimestre, y es el mayor proveedor de televisión de paga del país. Justo a partir de 2009 el operador satelital dio el salto en número de suscripciones, cuando lanzó su paquete de bajo costo VeTV.

El subprocurador añadió que la Profeco espera la resolución de otras dos acciones colectivas en contra de Cablevisión y Dish, dos de los mayores operadores de TV de paga del país, también por cláusulas abusivas.

“El criterio que marca la Corte ya es muy claro. Estamos esperando que se resuelva en este mismo sentido. Confiamos y reconocemos estas interpretaciones que hacen a favor del consumidor”, dijo Ochoa.

México tiene una penetración cercana al 45% de los servicios de televisión de paga, lo que coloca al país por debajo de Argentina, Venezuela, Uruguay, Colombia, Honduras o Chile.

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