La Secretaría de Energía (Sener) publicó en el Diario Oficial de la Federación los términos para la estricta separación legal de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

En el documento, se establecen los términos de esta separación que deberá observar la CFE para realizar actividades de generación, transmisión, distribución, comercialización y proveeduría de insumos primarios y su participación en los mercados sea independiente a través de cada una de las unidades en que se divida, generando valor económico y rentabilidad al Estado mexicano como su propietario.

La dependencia refiere que es su facultad establecer los términos de separación legal para fomentar el acceso abierto y la operación eficiente del sector eléctrico y vigilar su cumplimiento, así como para establecer y vigilar los términos para la separación legal de integrantes de la industria eléctrica y la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones.

Indica que la CFE llevará a cabo dicha separación, la cual será vertical entre las distintas líneas de negocio y horizontal entre una misma línea de negocio.

De acuerdo con las disposiciones, la CFE podrá realizar las actividades independientes, incluyendo la participación en el mercado eléctrico mayorista (MEM), de manera directa hasta seis meses después de la entrada en vigor del presente instrumento, a fin de no poner en riesgo al Sistema Eléctrico.

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