El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó a Pemex dar a conocer cuánto ha gastado por concepto de comisiones, viáticos y pasajes cada uno de sus servidores públicos, de 2010 a septiembre de 2015.

La información solicitada a la petrolera por un ciudadano debe estar desglosada por nombre y cargo del servidor público; monto total gastado; las fechas y duración en días de cada comisión, así como una breve descripción de la misma, si fue en el país o en el extranjero y quién la autorizó; el monto gastado en el viaje y en comida, y la cuota diaria que recibió.

El Instituto revocó la respuesta de la dependencia, que realizó un requerimiento de información adicional, en el que le solicitó que se aclarara o detallara lo requerido, para identificar a qué documentos se refiere.

En respuesta, Pemex indicó que la solicitud no describía, de manera clara y precisa, el documento que se pedía, por lo que no existía asunto, tema o materia para la Subdirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.

Dijo que la solicitud era de carácter “genérica”, por lo que requería mayores elementos para identificar la información, porque esos gastos son susceptibles de aplicarse a más de 25 mil trabajadores anualmente en el territorio nacional, lo que ocasiona una gran dispersión de la documentación.

Inconforme con esa respuesta, el ciudadano presentó un recurso de revisión ante el Inai, turnado al comisionado Óscar Guerra Ford.

“Conocer y fiscalizar el empleo de este dinero es fundamental para el correcto desarrollo de las instituciones, pues es en estos rubros del ejercicio del gasto público, donde se puede, a veces, presentar algún tipo de irregularidad.

Y el hecho de que los ciudadanos estén interesados en hacer la fiscalización de los recursos se vuelve fundamental para la vida democrática del país”, dijo el comisionado Guerra Ford.

En el análisis del caso, el Instituto señaló que el sujeto obligado hizo una gestión indebida de la solicitud de información adicional, al justificar el no darle trámite a lo pretendido por el ciudadano.

Apuntó que Pemex dijo que el solicitante no fue preciso en señalar sobre qué funcionarios pedía la información, cuando la petición fue clara, tanto en el principio como en el desahogo del requerimiento adicional, al indicar que se pretendían los datos para todos sus servidores públicos que cayeran en los supuestos expresados.

Así, el pleno del Inai revocó la respuesta de Pemex y le instruyó a turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes, entre las que no puede omitir a la Subdirección de Recursos Humanos, la Subdirección de Servicios Corporativos y la Gerencia de Administración de Nómina, a efecto de que localice la información y la ponga a disposición del particular.

En la entrega de la información debe privilegiar la modalidad elegida, el medio electrónico, en caso de que obre de esa manera en sus archivos, o motivando el cambio de modalidad, debe ofrecer todas aquellas que permite la Ley Federal de Transparencia.

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